POSESIÓN PARA CONSUMO PERSONAL
Posesión de drogas en México
La legislación mexicana distingue entre el consumidor de narcóticos y quien los posee con fines de comercio. Los umbrales del artículo 479 de la Ley General de Salud fijan los límites, pero la realidad en los ministerios públicos y juzgados suele ser muy distinta a lo que la norma establece. El Dr. Pablo Abdías Pedroza explica qué cantidades están permitidas, qué delitos se configuran cuando se excede la tabla y cuáles son los derechos del imputado desde el momento de la detención.
9 de noviembre de 2025 | Dr. Pablo Abdias Pedroza