🔒 Presunción de inocencia
Ninguna persona puede ser tratada como culpable hasta que exista sentencia condenatoria firme. La carga de la prueba corresponde al Ministerio Público. Artículo 20, Apartado B, fracción I, CPEUM.
⚖️ Defensa adecuada
Derecho a contar con un abogado defensor de su elección desde el momento de la detención. La defensa técnica especializada marca la diferencia en robo calificado. Artículo 20, Apartado B, fracción VIII, CPEUM.
🚫 Prohibición de tortura
Ninguna declaración obtenida bajo coacción, amenaza o maltrato tiene validez probatoria. Cualquier confesión debe ser libre, espontánea y ante autoridad competente. Artículo 20, Apartado B, fracción II, CPEUM.
📋 Información de cargos
Derecho a conocer de inmediato los hechos que se le imputan y los derechos que le asisten. El imputado debe saber exactamente qué se le acusa con fundamento en el artículo 376 Bis del CPF. Artículo 20, Apartado B, fracción III, CPEUM.
🔍 Ofrecimiento de pruebas
Derecho a presentar testigos, evidencias y cualquier elemento de descargo ante el juez. En robo de vehículo, la cadena de custodia y los registros del vehículo son pruebas clave de la defensa. Artículo 20, Apartado B, fracción IV, CPEUM.
📅 Proceso sin dilaciones
Derecho a ser juzgado en los plazos establecidos por la ley. La prisión preventiva no puede extenderse más allá del tiempo que establezca el Código Nacional de Procedimientos Penales. Artículo 20, Apartado B, fracción VII, CPEUM.